Esther Sarraute y las O.N.G.'s

Aunque la exconcejala del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife Esther Sarraute ha fallecido, mientras se mantenga en Youtube, su ilustre video sobre las ONG, seguirá presidiendo la entrada éste blog, como recuerdo a los personajes que se cuelan en nuestras instituciones gracias a las listas cerradas y a los presuntos "tejemanejes" que se dan dentro de los partidos polítcos españoles.

lunes, octubre 22, 2007

Zerolo certificó un acuerdo plenario para privatizar Emmasa antes de votarlo

FIRMÓ EL DOCUMENTO UNA SEMANA ANTES DE CELEBRARSE EL PLENO
RAMÓN PÉREZ ALMODÓVAR.
Santa Cruz de Tenerife

El alcalde de Santa Cruz, Miguel Zerolo, firmó un certificado sobre un acuerdo plenario que no se había celebrado con la finalidad de privatizar Emmasa. En concreto, Zerolo firmó el certificado, el 12 de mayo de 2000, “a los efectos de dar cumplimiento a lo acordado en sesión plenaria de 26 de mayo de 2000 en relación con la realización de estudios acerca del cambio del modo de gestión del servicio municipal de abastecimiento de aguas”. Se da la circunstancia de que el acuerdo plenario ni siquiera se tomó el 26 de mayo de 2000, sino una semana antes, el día 19 de mayo.

El certificado, firmado una semana antes de que se tomara la decisión en el pleno municipal, tenía como objeto acelerar la constitución de una comisión técnica para realizar dichos estudios.

La cronología y la celeridad del proceso de privatización de Emmasa, que presenta similitudes con la velocidad con que se tramitó el expediente de compraventa de las parcelas de Las Teresitas, un año después, es uno de los puntos destacados en un recurso contencioso administrativo interpuesto por varias asociaciones de vecinos en contra de la venta de Emmasa a la constructora Sacyr-Vallehermoso. Precisamente, esta semana concluye el plazo para solicitar pruebas ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1, que se practicarán durante el mes de noviembre.

En el recurso contencioso de las asociaciones vecinales, se recuerda precisamente el acuerdo plenario de 19 de mayo de 2000, donde la moción aprobada “se remite en lo que al estudio pormenorizado de las distintas formas de gestión (directa e indirecta) de los servicios públicos locales al dictamen elaborado por el letrado Ángel Ballesteros Fernández”, a quien el Ayuntamiento encargó un estudio inicial en 1999.

Al respecto, se indica en la demanda que no consta en el expediente administrativo “resolución motivada por la que se acuerde recabar los servicios profesionales externos de dicho letrado al objeto de dictaminar sobre una cuestión jurídica básica como la referente a los distintos modos y alternativas de gestión de los servicios públicos locales, para lo cual ya cuenta el Ayuntamiento con un Servicio Jurídico dotado de personal, aparte del secretario general”.

Asimismo, se incide en que tampoco consta “referencia al expediente administrativo para la contratación en su modalidad de asistencia y consultoría del letrado Ballesteros Fernández, ni el precio de dicho contrato. Dicho dictamen jurídico y su complemento están datados con anterioridad a la fecha en que el Ayuntamiento en pleno acordó la iniciación del expediente”, que llevó a la privatización de Emmasa.

No constan muchas más cosas

Después de referirse al certificado firmado por Zerolo una semana antes de que se adoptara el acuerdo en el pleno, en la demanda se menciona que la comisión técnica designada se reunió sucesivamente los días 15, 21 y 28 de junio de 2000, y que del contenido de las actas se deduce que en la primera reunión participó una persona que no fue designada para ello, que en las tres sesiones se abordó de forma exclusiva y limitada el estudio mediante su lectura de una propuesta de pliego de condiciones para la selección por concurso del adquirente de las acciones, así como el proyecto de nuevos estatutos de la sociedad.

Tampoco consta que la comisión técnica elaborara informe alguno que evaluara la situación de los servicios municipales objeto de la privatización, ni tampoco un estudio donde se analizara las ventajas e inconvenientes de los distintos modos de gestión, motivo por el que se aprobó dicha Comisión en el pleno del 19 de mayo de 2000.

En la última reunión de la citada Comisión Técnica, el 28 de junio de 2000, se acordó fijar una reunión con la alcaldía para el viernes 30 del corriente a las 10:30 horas. Pues bien, según la demanda “no consta acreditado si dicha reunión fijada para el 30 de junio llegó a celebrarse de modo efectivo ni consta documentado, en caso de que fuera así, el contenido de la misma”.

En la demanda, se recuerda que tampoco consta desde esta fecha “trámite algo que diera impulso al procedimiento, quedando sorprendentemente cubierto el expediente administrativo por un manto de silencio y aparente olvido, que se rompería cinco años más tarde, el 1 de julio de 2005”.

Fuentes cercanas al caso han informado a este diario que el Juzgado ha requerido información al Ayuntamiento en múltiples ocasiones, incluso con apercibimiento de sanción, con la finalidad del completar el expediente. Los codemandados, el Ayuntamiento de Santa Cruz y Sacyr-Vallehermoso pidieron que se estableciera en 1.000.264 euros la cuantía del coste del recurso, lo que impediría a las asociaciones vecinales recurrir en su caso en casación. Sin embargo, el Juzgado no ha admitido esta cantidad y considera la cuantía indeterminada.

CanariasAhora.es