domingo, enero 10, 2010

La prensa de Tenerife no cumple con el Art. 20 de la Constitución Española

Artículo 20 de la Constitución Española de 1978:

1. Se reconocen y protegen los derechos:
  • A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
  • A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
  •  A la libertad de cátedra.
  •  A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
(...)